sábado, 19 de julio de 2008

LÓGICA JURÍDICA

El análisis crítico que realizo no se refiere solamente al contenido de las exposiciones sino también a su presentación, así como la perspectiva personal de cada uno de los integrantes de los equipos y la adaptación de los planteamientos expuestos

Como todos sabemos hablar en público es una experiencia que muchos debemos enfrentar en algún momento de nuestras vidas en forma de reto, generalmente impuesto desde afuera. Cuando de ser orador se trata, hay numerosas oportunidades que pueden beneficiarnos, aunque también muchos inconvenientes en el camino por superar. Es posible que el más temible de estos obstáculos sea el miedo escénico. Refiriéndome al miedo escénico, como una forma de timidez que se hace visible cuando estamos frente a grupos; es como una reacción del organismo que surge como consecuencia de pensamientos limitadores que tenemos acerca de nuestra actuación frente a grupos; una respuesta defensiva que tiende a generar distintas formas de alteración de la normalidad en los niveles mental, fisiológico, emocional y motriz.

Al momento de comenzar a conocer la materia de “Epistemología” existieron muchas incertidumbres, en relación a su estudio sobre todo a mi parecer, el saber para que nos sirviera en un futuro como abogados laboralistas? Esto me creo incertidumbres, dudas y hasta temor al no conocer de su contenido, pero después de varias clases concluí que el conocimiento es cómo una mezcla de conceptos, historia y filosofía que le permite a uno entender los temas críticos científicos de nuestro tiempo.

Ahora bien los aspectos cognoscitivos son imprescindibles a la hora de ejecutar cualquier tipo de actividad ya que estos se representan de una forma que puede ser medida. Estos aspectos están integrados por los conocimientos que posee cada persona sobre algún tema en especifico, con las exposiciones previamente realizadas se apreciaron un gran numero de modelos epistémicos que influyen en la ejecución de un proyecto o trabajo, así mismo estas exposiciones desde una óptica contribuyen significativamente en la planificación, coordinación y ejecución de proyecto y/o trabajos que contribuyen a dar solución a los problemas que afectan a la colectividad en general.

Sin embargo en el área social no solo pueden ser tomadas en cuenta las variables cognoscitivas, ya que además de estas hay factores que influyen directamente en la interacción Estudio – Comunidad. Estos factores son las actitudes y aptitudes que presentan los estudiantes o participantes al momento de realizar sus proyectos, esta área debe ser también aplicada, ya que por ser una experiencia nueva se presta para enriquecer procesos que pueden ser aplicados en un futuro. De igual manera estas variables no solo debe ser tratada en la parte de los promotores comunitarios, también es importante las actitudes y aptitudes que presente la comunidad afectada en cuanto a la ejecución los proyectos sociales ya que dentro de una gama de posibilidades se puede presentar el caso que exista rechazo para con los individuos que realicen este tipo de labores, acción que dificultaría de manera significativa el éxito del proyecto.

Ahora bien, dos son los objetivos principales de este análisis en primer lugar es presentar una perspectiva sobre la naturaleza de la lógica jurídica y una propuesta didáctica sobre la enseñanza de este tipo de lógica.

Sin duda, es conocido tanto por abogados como por no abogados que en el campo jurídico, la lógica y/o argumentación jurídica juega un papel fundamental. Incluso hay quienes han afirmado que "la lógica es Jurisprudencia generalizada".

Sin embargo preguntas como: ¿qué tipo de lógica usa el jurista en la aplicación del derecho?, ¿es la lógica jurídica una lógica deductiva o es una teoría de la argumentación?, ¿la lógica que se usa en el quehacer legislativo, es la misma que se usa en el ámbito jurisdiccional?, son preguntas difíciles de responder aún para el propio especialista del derecho.

En este análisis pretendo enfrentar estas interrogantes en la medida de mis posibilidades y del estado actual de la lógica formular algunas respuestas.

El análisis que intento resaltar señala que: "La lógica jurídica es una lógica compleja que está conformada tanto por una lógica formal como por una teoría de la argumentación jurídica".

Antes de empezar con el desarrollo considero importante señalar que el tipo de lógica que en un momento dado se sostenga está determinado por la forma en que se concibe la naturaleza del fenómeno jurídico. En términos de filosofía del derecho podemos decir que la naturaleza de la lógica jurídica en mucho está determinada por la ontología jurídica.

Por ello es conveniente, antes de adentrarse al estudio de la lógica jurídica decir unas breves palabras sobre esa área de la filosofía del derecho llamada, ontología jurídica.

A lo largo de la historia podemos encontrar tres grandes propuestas tradicionales sobre la naturaleza del derecho, a saber: el iusnaturalismo, el positivismo jurídico y la sociología del derecho.

En términos generales el iusnaturalismo sostiene que el derecho está más allá de toda codificación u ordenamiento jurídico. De manera que un sistema jurídico concreto como el sistema jurídico va a ser legítimo en la medida en que concuerde con los principios generales de un derecho natural por arriba de cualquier derecho positivo. El iusnaturalismo no remite a una sola postura sino más bien a un conjunto de doctrinas muy variadas, pero que tienen como denominador común, la creencia de que el derecho positivo, debe ser objeto de una valoración con arreglo a un sistema superior de normas o principios que se denomina precisamente derecho natural.

El positivismo, por su parte, sostiene que derecho es igual a derecho positivo u ordenamiento jurídico. Aquí es donde encontramos al padre de la jurisprudencia Hans Kelsen a quien siempre recordaremos entre otras cosas por dos de sus grandes obras: La teoría pura del derecho y Teoría general del estado.

La tercera propuesta ontológica está dada por el sociologismo jurídico que defiende la necesidad de que el estudio del derecho tenga en cuenta en forma fundamental, su incidencia en la realidad social en la que opera. De manera que toda auténtica investigación jurídica debe siempre recuperar el contexto sociopolítico en el que se encuentra todo fenómeno jurídico.

Ahora bien, tanto para los partidarios del iusnaturalismo como para los del positivismo pero con mayor énfasis en estos últimos, la lógica es una lógica formal o como algunos juristas han señalado la lógica jurídica es la lógica del silogismo, es decir la lógica de la subsunción.

Por su parte para los partidarios del sociologismo jurídico, así como para todas aquellas corrientes jurídicas desarrolladas en la última mitad del siglo XX y caracterizadas principalmente por su rechazo a todo positivismo, la lógica jurídica, no es, precisamente, una lógica formal sino una teoría de la argumentación.

Espero que el análisis presentado llene las expectativas requeridas y sea de su agrado. Es para mí una gran satisfacción presenciar y participar en sus clases, llenos de chispazos de luz y capaces de despertar al más dormido. Sus enseñanzas que van desde lo más objetivo y tangible, hasta lo más sublime y puro han hecho de mí una persona diferente, con muchas más ganas de aprender y seguir creciendo. Le manifiesto que asistir a sus clases me ha permitido vivir experiencias verdaderamente enriquecedoras. A veces se necesita una persona que nos ayude a despertar de los letargos que la vida nos impone. Estoy muy agradecida por demostrarle a mucha gente, y me incluyo que sí se puede triunfar en lo que cada persona se proponga, que se puede llegar a donde se desee, capacitándose y rompiendo los paradigmas que tanto limitan a los seres humanos. Doy gracias a dios por darme la oportunidad de conocer a tan excelente profesional

Recibe un gran abrazo.

Se despide de Usted
Atentamente

Brigitte Poncho Quintero

Mente y cuerpo viven juntos, mente y éxito también. Cada pensamiento mueve una molécula, Deepak Chopra

2 comentarios:

Anónimo dijo...

me parece un articulo muy interesante

Anónimo dijo...

me parece un articulo muy interesante